CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE ANTAL Y ASEFAVE

Entidad: ANTAL — Asociación Nacional de Transformación Digital · CIF: G87783049
Constituida el 17 de marzo de 2017 e inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones con el nº 6122994.
Continuidad institucional: 2017 → 2021 → 2025

Documento canónico conforme a: Carta de Navegación ANTAL v1.0.3 · Addenda ASEFAVE v1.5 · Documento Maestro del Laboratorio v1.2.2 · Reglamento IAV v1.0.4
Versión: v1.0 (Pública) · Fecha de firma original: 7 de abril de 2025
Naturaleza: Versión divulgativa sin efectos jurídicos (datos personales anonimizados conforme a la Política de Privacidad ANTAL v1.1.1).
Vinculada a Addenda ASEFAVE v1.5 (Bloque 2).


ÍNDICE

  1. Reunidos
  2. Exponen
  3. Cláusulas
  4. Control de cambios
  5. Pie institucional

REUNIDOS

De una parte, la Asociación Nacional de Transformación Digital (ANTAL), con CIF G87783049, domiciliada en [Dato anonimizado conforme a la Política de Privacidad ANTAL v1.1.1], representada por su Presidente, [Dato anonimizado].

Y de otra, la Asociación Española de Fabricantes de Fachadas Ligeras y Ventanas (ASEFAVE), con CIF [Dato anonimizado], domiciliada en [Dato anonimizado conforme a la Política de Privacidad ANTAL v1.1.1], representada por su Director, [Dato anonimizado].

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad legal suficiente para suscribir el presente Convenio, y a tal efecto:

EXPONEN

  1. Que ANTAL es una asociación sin ánimo de lucro que promueve la transformación digital y la aplicación de tecnologías emergentes —como la inteligencia artificial— en sectores estratégicos, entre ellos el de los cerramientos.
  2. Que ASEFAVE es una asociación sin ánimo de lucro que representa a los principales fabricantes de cerramientos y proveedores en España, con el objetivo de potenciar la competitividad, innovación y sostenibilidad del sector.
  3. Que ambas asociaciones comparten una visión común sobre la necesidad de colaboración para acelerar la digitalización y modernización del sector.
  4. Que desean establecer un marco formal de cooperación que genere beneficios tangibles para sus entidades asociadas y favorezca la innovación y la adopción de nuevas tecnologías.

CLÁUSULAS

PRIMERA. Objeto del convenio

El presente convenio tiene por objeto establecer las bases de colaboración entre ANTAL y ASEFAVE, a fin de impulsar conjuntamente iniciativas de innovación tecnológica, formación y transformación digital, con especial atención al uso de la inteligencia artificial y la automatización en procesos propios del sector de los cerramientos.

SEGUNDA. Acceso al Laboratorio Tecnológico

ANTAL ofrecerá a los asociados de ASEFAVE acceso preferente y gratuito al Laboratorio Tecnológico ANTAL, una iniciativa de investigación y testeo de soluciones digitales con foco en:

  • Automatización de procesos comerciales y técnicos.
  • Mejora de la trazabilidad y control de calidad.
  • Generación automática de presupuestos y atención al cliente mediante IA.
  • Clasificación inteligente de documentación (certificados, planos, fichas técnicas).
  • Predicción de demanda y planificación de producción.
  • Aplicaciones de visión artificial en control de instalaciones o fabricación.

TERCERA. Beneficios para los asociados de ASEFAVE

  • Asesoramiento tecnológico y acompañamiento en pruebas piloto.
  • Acceso a formaciones y workshops sobre IA, automatización y digitalización.
  • Participación en grupos de trabajo interempresariales con foco en innovación.
  • Oportunidad de ser caso de estudio o proyecto de referencia.
  • Difusión de resultados en medios conjuntos para dar visibilidad a la innovación del sector.

CUARTA. Promoción y difusión

  • Publicar el presente convenio en sus portales y canales de comunicación.
  • Coordinar notas de prensa y reportajes conjuntos.
  • Difundir las oportunidades de participación a los asociados.

QUINTA. Duración y modificaciones

Duración inicial de un (1) año, renovable tácitamente por periodos iguales, salvo denuncia expresa de alguna de las partes. Cualquier modificación requerirá acuerdo por escrito.

SEXTA. Protección de datos

Ambas entidades se comprometen a tratar los datos personales conforme al Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD), aplicando las medidas de la Plantilla DPA v1.0 y la Política de Privacidad ANTAL v1.1.1.

SÉPTIMA. Resolución de conflictos

Las partes intentaran resolver amistosamente cualquier discrepancia. De no ser posible, se someterán a los Juzgados y Tribunales de Madrid, con renuncia a cualquier otro fuero.

OCTAVA. Firma

Firmado electrónicamente por los representantes de ambas asociaciones en Madrid, el 7 de abril de 2025, quedando archivado en el Registro Interno ANTAL de Documentos Históricos (nivel Consejo).


Control de cambios (v1.0)

  • Versión pública redactada conforme al Formato ANTAL 2025.
  • Supresión de datos personales y firma electrónica.
  • Inclusión de referencias y cabecera institucional.

Pie institucional

Categoría: Bloque 6 — Convenios y Addendas
Referencias: Carta de Navegación v1.0.3 · Addenda ASEFAVE v1.5 · Documento Maestro v1.2.2 · Reglamento IAV v1.0.4
Versión: v1.0 (Pública)
Permalink canónico: https://asociacionantal.org/convenio-marco-asefave/
Nivel de acceso: 🟩 P (Verde — Público)